Rivera y Bujosa Law se dedica a defender los derechos de la comunidad latina en los Estados Unidos. Asimismo, representa los derechos de la comunidad latina en casos de remoción o deportación ante las Cortes de Inmigración en todos los Estados Unidos, el Board of Immigration Appeals y en los procesos de ajuste de estatus y migratorios ante la agencia conocida como United States Citizenship and Immigration Services.
La amenaza de deportación puede generar una serie de preguntas para las personas en el estado de Texas. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) sacó, el año pasado, a 240,255 personas del país. Estos números son importantes porque reflejan algunos factores de riesgo asociados con la deportación.
La deportación es un miedo muy real, especialmente para aquellos que han pasado muchos años en los Estados Unidos. A menudo, estos inmigrantes están profundamente enredados en sus comunidades y tienen trabajos, familias y hogares.
¿Quién puede estar sujeto a un proceso de deportación?
Cualquier persona que esté físicamente presente en los Estados Unidos, pero no es un ciudadano de los Estados Unidos, puede estar sujeto a un proceso de deportación.
El gobierno de los Estados Unidos podría citar una serie de razones para deportar a alguien. Podría ser que alguien haya violado los términos de su visa, haya cometido un delito o haya sido considerado una amenaza para la seguridad pública. Presentarse a los EE. UU. sin los documentos correctos o tener documentos falsificados también puede resultar en la eliminación.
¿Cuáles son las circunstancias por la que usted puede estar en un proceso de deportación?
- Haber sido detenido en la frontera de los Estados Unidos por estar entrando o intentando entrar sin autorización.
- Haber cometido algún delito.
- Haber sido detenido en alguna redada de inmigración dentro de los Estados Unidos.
- Violación del acuerdo de admisión, como quedarse más tiempo luego de expirada su visa.
- Fraude de documentos
- Fraude matrimonial
- No registrarse, incluido el cambio de dirección
- Delitos penales, incluidos los “delitos de bajeza moral” y los delitos agravados
- Delitos de Drogas
- Inadmisibilidad a los Estados Unidos al momento de la entrada
¿Qué sucede durante los procedimientos de deportación?
Una deportación a menudo comienza con un arresto. Si la persona ha cometido un delito, puede ser internada en un centro de detención cuando se resuelva su delito estatal. En otros casos, la persona recibe un aviso para comparecer ante un tribunal federal de inmigración. Este aviso incluye información sobre por qué se ha iniciado el proceso de eliminación.
¿Cómo comienza normalmente un proceso de deportación?
Muchos procedimientos de deportación comienzan con el arresto de una persona inmigrante por parte de la policía local o la patrulla fronteriza de los Estados Unidos. Las personas extranjeras arrestadas generalmente son entregadas a ICE que decide si tomar la custodia o iniciar un proceso de deportación.
¿Cuál es el formulario que se debe presentar?
Deberá presentar el Formulario 42B, la Solicitud de cancelación de deportación y el Ajuste de estatus para ciertos residentes no permanentes y entregar una copia de la solicitud a la Oficina del Asesor Jurídico (OCC) de ICE.

¿Qué implica un proceso de deportación acelerada?
Cuando una persona inmigrante es arrestada dentro de las 100 millas de la frontera y estuvo dentro de los Estados Unidos durante dos semanas o menos, la persona puede ser expulsada mediante un procedimiento de expulsión acelerada. Las personas que supuestamente se han quedado más tiempo luego de expiradas sus visas suelen ser objeto de deportación a través de órdenes de deportación aceleradas. Durante la deportación acelerada, no existe derecho a una audiencia.
¿Qué sucede si el proceso de deportación no es acelerado?
Cuando no hay un proceso de expulsión acelerado, ICE le dará al inmigrante un Aviso de Comparecencia; las personas inmigrantes arrestadas comparecerán ante los jueces de inmigración del Departamento de Justicia para audiencias de fianza.
¿Cuál es el proceso ante la Corte de Inmigración?
Si usted está en un proceso de remoción o deportación ante la Corte de Inmigración, puede cualificar para algún remedio que le lleve posteriormente a legalizar su situación migratoria en los Estados Unidos y, en consecuencia, obtener su residencia permanente.
Preguntas frecuentes

¿Qué derechos tiene una persona ante un procedimiento de deportación?
Toda persona inmigrante tiene derechos muy específicos como el (1) derecho a representación legal, (2) derecho a una audiencia y (3) derecho a un intérprete. Si bien tienen derecho a representación legal, a diferencia de personas con ciudadanos estadounidenses, el gobierno no lo obtuvo a sus gastos.
¿Cuánto tiempo toma el proceso de deportación?
El tiempo del proceso de deportación depende. Alguien detenido estará en un expediente acelerado (3-6 meses), pero una persona no detenida no. Sin embargo, la administración actual está presionando a los jueces de inmigración para que completen los casos lo antes posible y se otorgarán menos aplazamientos para buscar beneficios pendientes en USCIS (U.S. Citizenship and Immigration Services). También, depende de la ubicación de la corte y cuántos jueces de inmigración haya en esa ubicación.
¿Cuánto tiempo se tarda en cancelar la deportación?
En la corte de inmigración de Orlando, espere un año o un año y medio desde la audiencia del calendario maestro. Si se trata de una cancelación que no es LPR, puede esperar unos años después de su audiencia individual para obtener su tarjeta de residencia (si se otorga su caso) porque los números de visa están limitados numéricamente y esos números están atrasados durante varios años.
¿Qué sucede si se niega la cancelación de la deportación?
Si se niega la cancelación de la deportación, puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Por lo general, una decisión de ellos es de un año a un año y medio si presenta un informe bien razonado. Durante este tiempo, puede renovar su permiso de trabajo y permanecer en los Estados Unidos. De ahí se puede pasar a la corte de apelaciones del circuito, si la decisión no se basa en el ejercicio de la discrecionalidad sino en un error de derecho. Además, la presentación de una petición a nivel del tribunal de circuito no suspenderá automáticamente su deportación de los Estados Unidos a menos que el Tribunal conceda una suspensión de la deportación.
¿Cuál es la regla del tiempo de parada?
Para calificar para la cancelación de deportación como no residente de los Estados Unidos, debe acumular diez años de presencia continua en los Estados Unidos. Esos diez años se detienen en el momento de la emisión de la NTA (cuando se le coloca en un proceso de deportación) o cuando comete ciertos delitos si está buscando la cancelación de la deportación como residente permanente legal.
¿Casarse detiene la deportación?
Casarse no detiene la deportación. Debe probar su matrimonio con U.S. Citizenship and Immigration Services y luego ajustar su estado con el Juez de Inmigración. Si se le otorga su ajuste de estatus, usted se convierte en residente permanente y sus procedimientos de deportación terminan en el momento en que el juez le otorga su caso. En el pasado, los jueces de Inmigración daban por terminados los procedimientos después de que se aprobaba la petición de inmigrante, pero ya no lo hacen.
¿Puede una persona deportada regresar legalmente al casarse con un ciudadano?
A menudo sí (a menos que haya habido un matrimonio fraudulento) después de que se apruebe una petición de inmigrante y se otorgue(n) la(s) exención(es).
¿Puede regresar a los Estados Unidos después de ser deportado?
Sí, a veces, después del transcurso del tiempo o la concesión de una dispensa de inadmisibilidad y permiso para volver a aplicar. También, debe tener una visa de inmigrante subyacente disponible.
¿Quién se encarga del proceso de deportación?
El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) es la agencia federal que expulsa a las personas extranjeras de los Estados Unidos que están sujetos a una orden final de expulsión emitida por una Corte de Inmigración o después de una revisión administrativa de expulsión.
¿Qué es una audiencia de calendario?
La audiencia del calendario es una audiencia en la que un juez decide cuándo se llevará a cabo la próxima audiencia y qué defensa contra la expulsión se considerará. Si bien no se requiere representación legal para una audiencia de calendario, la comparecencia de la persona inmigrante es fundamental debido a que la falta de comparecencia puede resultar en la emisión de una orden automática de expulsión.
¿Para qué remedios puedo cualificar?
Ante el juez de inmigración, usted puede presentar su defensa que dependerá de sus circunstancias y su historial migratorio para determinar para qué remedio cualifica. Estos remedios pueden ser:
- Ley de Asilo, Inmigración y Nacionalidad (INA) – Una persona puede pedir asilo debido a que fue perseguido en su país por razón de su sexo, religión, nacionalidad, opinión política o por pertenecer a un grupo social en particular y si regresa al país esa persecución continuara.
- Retención de Expulsión, INA – Una persona no puede ser devuelta a un país donde se determina que existe una clara probabilidad de que su vida o su libertad se vean amenazadas por motivos de raza, religión, origen nacional, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular.
- Convención Contra la Tortura – Una persona no puede ser devuelta a un país donde exista una clara probabilidad de que sea sometida a tortura por instigación o con la aquiescencia de un/a funcionario/a público o de alguien que actúe a título oficial.
- Cancelación de Remoción para Residentes Permanentes, INA – Una persona debe probar la admisión legal para obtener la residencia permanente por no menos de 5 años. Además, debe probar 7 años de residencia continua en los EE. UU. después de la admisión en cualquier estado; y, no tener condena por delitos graves agravados.
- Cancelación de Remoción para Residentes No Permanentes, INA– Para la cancelación de la remoción para la que pueden cualificar ciertas personas estas deben tener más de 10 años residiendo en los EE. UU., haber tenido buen carácter moral durante ese periodo, sin condenas por delitos relacionados con el buen carácter moral y tener cónyuge, hijos/as o madre/padre que sufrirán un daño extremo e inusual si es deportado.
- Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA) – Permiten a un/a cónyuge, hijos/as, o madres/padres de niños/as, que han sido víctimas de abuso o sujetos a crueldad extrema por parte de su cónyuge o madre/padre residente legal permanente (LPR) o ciudadano/a de los EE. UU. (USC), obtener un estatus legal sin tener que confiar en una petición presentada por la persona abusiva.
- Inmigrantes que son Víctimas de Delitos “Visa U”, INA – La visa U es para una persona que ha sido víctima de un delito violento grave y proporciona a las agencias de aplicación de la ley la capacidad de investigar y procesar ciertos tipos de casos penales, incluida la violencia doméstica, la agresión sexual, la trata de personas extranjeras y otros delitos. Las víctimas también deben estar dispuestas a trabajar con la policía local y el delito debe haber ocurrido en los EE. UU., en un territorio de los EE. UU. o haber violado la ley de los EE. UU.
- Ajuste de Estatus, INA – Una persona debe mostrar admisión o libertad condicional en los EE. UU., elegibilidad para recibir una visa de inmigrante, no inadmisibilidad en virtud del artículo 212 (a) de la ley, mantenimiento del estatus legal (a menos que sea un pariente inmediato de un USC) y que una visa de inmigrante está disponible de inmediato.
- Registro, INA – Una persona debe mostrar la entrada a los EE. UU. antes del 1/1/1972; residencia continua desde ese momento; buen carácter moral (no se indica un período específico); no inelegible para la ciudadanía; y no ser un criminal, persona inmoral, subversivo, contrabandista, violador de las leyes de drogas o terrorista.
- Renuncia, INA – Una persona debe demostrar que es cónyuge, madre/padre, hijo/a de USC o LPR; la denegación de la exención resultaría en dificultades extremas para su cónyuge, madre/padre, hijo/a de USC o LPR; y, el fiscal general ha dado su consentimiento para solicitar una visa, admisión o ajuste de estatus.
- Renuncia, INA – Una persona debe demostrar que es cónyuge, madre/padre, hijo/a de USC o LPR y la denegación o la exención resultaría en dificultades extremas para su cónyuge o madre/padre de USC o LPR.
- Renuncia, INA – Disponible solo para los residentes permanentes legales que buscan una exención por contrabando, que han contrabandeado, inducido o asistido en el contrabando de su cónyuge, madre/padre, hijo/a (y nadie demás); y que merece la discreción con fines humanitarios para asegurar la unidad familiar u otras razones de interés público.
Si la decisión no le favorece, ¿la puede apelar?
Cuando una persona no está de acuerdo con la decisión del juez de inmigración en la conclusión de sus procedimientos de expulsión, puede apelar la decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración. La persona tiene 30 días para presentar una apelación y, si tiene un resultado adverso, se puede presentar una apelación ante la Corte de Apelaciones de Estados Unidos.
¿Cuáles beneficios podría tener la persona de ganar su caso?
Si gana su caso de cancelación de deportación, tiene derecho a numerosos beneficios que incluyen entre otros:
- Una tarjeta verde.
- El derecho a vivir y trabajar en los Estados Unidos sin necesidad de una tarjeta de autorización de empleo.
- Elegibilidad para asistencia gubernamental basada en la necesidad como asistencia social, Medicaid y cupones de alimentos, y Seguridad de Ingreso Suplementario si está discapacitado.
- Tarjeta de Seguro Social.
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La deportación es una situación difícil en la que estar, especialmente si estás solo. Permitirse pasar por algo solo no es una buena idea. No obstante, Rivera y Bujosa Law puede asistirte en tu deportación y luchar para garantizar que seas tratado adecuadamente por el sistema judicial.
No te rindas fácilmente, aún podría evitar la deportación. Lo más importante que puede hacer es llamar a Octavio Rivera Bujosa y su equipo de abogados expertos en inmigración para obtener ayuda. Si ha sido arrestado en Texas, incluidos Houston, Austin, Dallas o San Antonio, y está recluido en el Centro de Detención Segura para adultos de IAH, llame a Rivera y Bujosa Law Office al (832) 702-0295 de inmediato.